¡Elige al mejor líder eanista!

El liderazgo hace parte de nuestro ADN, y en estas elecciones institucionales podrás demostrarlo. Participa eligiendo a tus representantes para el Consejo Superior, el Consejo Académico y los Consejos de Facultad:

  • Representante de los estudiantes y su suplente.
  • Representante de los profesores y su suplente.

Características de un líder eanista:

Un líder eanista se distingue por ser:

  • Empático.
  • Comunicativo.
  • Asertivo.
  • Respetuoso.
  • Propositivo.
  • Conciliador.

¡Participa!

Empieza a dejar tu huella como líder en la Universidad. Si deseas postularte, ten en cuenta los siguientes pasos:

  1. Consulta los requisitos: Revisa la Resolución No. 090 de 2024 y el Manual de Elecciones.
  2. Diligencia los formatos de inscripción: Encuentra los anexos en Anexos Inscripción Profesores y Anexos Inscripción Estudiantes.
  3. Envía tu inscripción: Envía los formatos diligenciados al correo votaciones@universidadean.edu.co.
  4. Fecha límite de inscripción: Viernes, 28 de febrero de 2025.

Elecciones

  • Fecha: Viernes, 11 de abril de 2025.
  • Horario: De 8:00 a.m. a 7:00 p.m.

Proceso de votación:

  1. Recibirás un enlace en tu correo institucional el día de las elecciones.
  2. Ingresa a la plataforma y emite tu voto.
  3. Una vez votes, el enlace quedará inhabilitado.
  4. El escrutinio se realizará después de las 7:00 p.m.
  5. Los resultados serán publicados posteriormente en la página web de la Universidad.

Verifica tu habilitación para votar:

Consulta si estás habilitado ingresando a: Censo Electoral con tu usuario y contraseña institucional.

Documentos relacionados:

Publicaciones:

  • Candidatos.
  • Propuestas de candidatos.
  • Acta de Escrutinio.

¡Participa activamente y contribuye al liderazgo en la Universidad Ean!

  • Proponer a la Sala General para su aprobación, políticas administrativas y académicas de la Universidad EAN.
  • Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, los Estatutos, los Reglamentos y las Políticas Institucionales.
  • Designar al Rector de la Universidad EAN y establecer las condiciones contractuales y salariales para su vinculación.
  • Señalar las políticas financieras apropiadas para el cumplimiento de la misión y objetivos institucionales. En cuanto a las inversiones de la Universidad EAN, deben tenerse en cuenta los criterios de liquidez, seguridad y rendimiento.
  • Aprobar el Proyecto Educativo Institucional PEI y el Plan de Desarrollo de la Universidad EAN, teniendo en cuenta las políticas trazadas anualmente por la Sala General.
  • Aprobar el presupuesto de ingresos, gastos e inversiones, la organización administrativa y la estructura de cargos básicos y salarios para cada vigencia, teniendo en cuenta las políticas trazadas anualmente por la Sala General.
  • Evaluar el informe de gestión del Rector de la Universidad EAN.
  • Aprobar el Plan de Acción y las modificaciones al mismo, que presente el Rector.
  • Aprobar los actos y contratos de la Universidad EAN, cuya cuantía este entre 7.001 a 20.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • Expedir y modificar los reglamentos estudiantil, docente, de bienestar universitario y su propio reglamento.
  • Designar a los Vicerrectores, o a quienes hagan sus veces, de candidatos que presente el Rector dentro de los 60 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la vacancia del cargo. Vencido este término, el Consejo Superior procederá autónomamente a la designación.
  • Aprobar la estructura orgánica de la Universidad EAN y sus modificaciones, de acuerdo con las políticas que sobre estos aspectos trace la Sala General.
  • Decidir sobre la creación o supresión de programas conducentes al otorgamiento de títulos académicos, de pregrado y de postgrado y sobre su extensión a otras ciudades del país o del exterior.
  • Autorizar al representante legal para la aceptación de donaciones y legados, para lo cual se requiere el voto afirmativo de la mayoría de los miembros que integran el Consejo Superior.
  • Decidir sobre el otorgamiento de comisiones al exterior para los Miembros del Consejo Superior y el Rector de la Universidad EAN.
  • Otorgar títulos Honoris Causa y distinciones especiales.
  • Crear y suprimir sedes y seccionales nacionales e internacionales.
  • Velar porque el patrimonio y rentas de la Universidad EAN, se administren de acuerdo con la Ley y la normatividad aplicables.
  • Elegir sus dignatarios, Presidente y Vicepresidente.
  • Elegir al Secretario del Consejo Superior.
  • Evaluar los Estados Financieros anuales con corte a 31 de diciembre, de cada año, auditados por la Revisoría Fiscal, antes de su presentación a la Sala General.
  • Aprobar los criterios sobre la fijación de derechos pecuniarios que por razones académicas puede exigir a los estudiantes la Universidad EAN, dentro del marco de la Ley.
  • Evaluar los informes sobre estados financieros intermedios, ejecución presupuestal, tesorería, flujo de caja, estado de la aplicación de las políticas de crédito estudiantil, estado de cartera y sugerir acciones para la recuperación y castigos de la misma.
  • Aprobar los convenios interinstitucionales conducentes a la expedición de títulos conjuntos, los cuales comprometan recursos económicos de la Institución.
  • Conceptuar sobre programas de formación académica conducentes a títulos académicos.
  • Proponer al Consejo Superior, por conducto del Rector, políticas para el desarrollo académico de la Universidad EAN, en cumplimiento de la Misión Institucional.
  • Recomendar al Consejo Superior, por conducto del Rector, la creación, cambio de denominación y supresión de programas conducentes a títulos académicos. Igualmente, sobre su ofrecimiento a otras ciudades el país o del exterior cumpliendo los requisitos legales establecidos para este efecto.
  • Emitir concepto al Rector sobre las modificaciones a los currículos de los diferentes programas académicos que presenten los Decanos y Directores respectivos.
  • Analizar los contenidos y metodologías de la enseñanza de los programas de formación académica y asesorar al Rector para la adopción de procesos de capacitación de los docentes.
  • Servir de instancia en los procesos disciplinarios que prevén los reglamentos.
  • Evaluar y proponer al Consejo Superior, por conducto del Rector, las reformas de los reglamentos docente, estudiantil y de bienestar universitario.
  • Estudiar y conceptuar sobre los asuntos de administración académica que el Rector someta a su consideración.
  • Darse su propio reglamento.
  • Proponer estrategias, objetivos y metas que deben formar parte del plan de desarrollo de la unidad respectiva.
  • Velar por el cumplimiento, eficiencia y calidad de los programas adscritos a las facultades, escuelas e institutos, los cuales deben desarrollarse de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional, PEI.
  • Estudiar y evaluar los planes de estudio y los syllabus de los diferentes programas académicos adscritos a las facultades, escuelas e institutos para lograr la coherencia y pertinencia de los mismos.
  • Asesorar a los decanos de facultades y escuelas y a los directores de institutos en la administración curricular, en la planeación y ejecución de los programas y sus respectivos presupuestos.
  • Asesorar a los decanos de las facultades y escuelas y a los directores de los institutos para la selección de los monitores académicos.

 

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