Comisiones al exterior
Según lo dispuesto en el articulo 33 literal s. de los Estatutos de la Universidad Ean, corresponde a la Rectoría autorizar las comisiones al exterior al personal docente y administrativo, con excepción de las comisiones que son competencia del Consejo Superior.Por lo tanto toda operación de viaje al exterior, como solicitud de expedición de tiquetes aéreos, viáticos y otros gastos, la ordenación de los mismos deben estar precedidos con el soporte de una Resolución Rectoral.
- Se genera la necesidad de viaje
- Se establece la comisión de viaje
- Se recolecta la información requerida y envía a la Dirección de Relaciones Institucionales.
- La Dirección de Relaciones Institucionales, enviará una PLANTILLA DIGITAL con los datos básicos valorizados para que se tenga un presupuesto y una justificación del viaje al exterior. El solicitante debe dar claridad a la justificación de dicho viaje. La plantilla es un soporte para la justificación.
- La Secretaria General preparará la resolución correspondiente, para la firma. c) Unavez firmada la resolución se procederá a ejecutar las transacciones derivadas por las áreas correspondientes.
- Rectoría envía la planilla autorizada, la información de soporte y la resolución a financiera y Relaciones Institucionales para legalizar el manejo de viáticos, reservas y los requerimientos aprobados.
- Ejecución del viaje.
- Cuando se haya realizado el viaje, se debe presentar un informe ejecutivo a la Rectoría, exponiendo los resultados alcanzados, contactos realizados y el impacto que tuvo dicho viaje para la Universidad.
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